Diez años antes de agotar la pena, Octavio Gigli se fue de la Argentina. Esta vez no hubo fuga, como la protagonizada hace casi una década, después del crimen de su amigo, el contador Guillermo Martínez, en su casa de la calle Córdoba de Roca. Esta vez fue la Justicia rionegrina la que definió su expulsión del país, en el marco de un proceso de “extrañamiento”.
Según confirmaron fuentes judiciales a Literal, Gigli tomó un vuelo rumbo a Italia el 4 de abril pasado, algo que fue posible después de la audiencia realizada el 26 de febrero por el Juzgado de Ejecución Penal 10.
Allí se analizó el pedido de la defensa del exempresario, para que se aplique la figura prevista por la legislación argentina, centrada en la expulsión de extranjeros condenados por un delito, siempre que hayan cumplido la mitad de su condena y que no tengan otros procesos penales pendientes.
El inicio del caso Gigli
El crimen de Martínez ocurrió el 31 de agosto del 2015 y desde ese día se desató una historia compleja, porque Gigli escapó de la Justicia. Lo encontraron en abril del 2016, en Brasil.
Un lento trámite de extradición hizo que el regreso a la Argentina sea en agosto de ese año y recién desde ese momento pudo avanzarse en el proceso para llevarlo a juicio.
Finalmente, el 27 de abril del 2018 lo condenaron a 19 años de prisión, una pena que recién se agotaría el 31 de marzo del 2035.

Primer pedido de expulsión
Sin embargo, Gigli buscó desde el año pasado evitar otra década sin libertad plena y presentó ante la Justicia sus intenciones de ser incluido en el régimen migratorio previsto para la expulsión de extranjeros.
Nacido en Roma el 15 de junio de 1963 y sin otro compromiso pendiente con la Justicia argentina, lo único que le faltaba cumplir al exempresario roquense era el tiempo mínimo de detención por el crimen de su amigo.
Eso se lo dijeron en octubre del año pasado, cuando presentó el primer pedido para que se dicte el extrañamiento. Por lo tanto, sus días continuaron transcurriendo en la Unidad de Ejecución Penal II de Roca.
La audiencia decisiva para Gigli
Pero este año, finalizando febrero, insistió en su reclamo, con un resultado positivo para sus expectativas.
De acuerdo al fallo firmado por el juez de Ejecución de Roca, Fernando Romera, un informe de la Dirección Nacional de Migraciones indica que Gigli “alcanzó los requisitos del art. 64 ley 25871” y su defensa solicitó que se lo expulse del territorio nacional “para que esa dirección pueda materializarla, que se dé por cumplida la pena y que no pueda regresar al país”.
Esa ley mencionada es la que establece pautas para la política migratoria argentina y el artículo citado en particular es el que define cómo se deben ejecutar los actos administrativos de expulsión de extranjeros.
En el inciso a, la norma expresa que “la ejecución del extrañamiento dará por cumplida la pena impuesta originalmente por el Tribunal competente”.
La postura de Fiscalía y de la familia de la víctima
Sobre la audiencia decisiva realizada a fines de febrero, el fallo describe la intervención de la parte acusadora, indicando que “la Sra. Fiscal dijo que si bien es cierto que existieron disidencias respecto al plazo para el extrañamiento de Gigli, esa situación ya fue resuelta por el Tribunal Revisor. No lo comparte pero lo acepta”.
En el expediente también se sumaron los informes del Registro Nacional de Reincidencias, de los cuales surge que Gigli no tiene otras causas pendientes y pedidos detención.
Y se detalla que “la Dirección de Migraciones canceló la residencia del nombrado en el país, declaró la irregularidad de su permanencia, ordenó la expulsión y prohibió el reingreso con carácter de permanente” por lo tanto “están cumplidos los requisitos de la Ley de Migraciones”.
En cuando a la extinción de la pena, se dejó aclarado que en caso de volver a la Argentina, Gigli deberá cumplir con lo que le resta hasta agotar la totalidad de la pena impuesta.
Con relación a las víctimas del caso, familiares del contador Martínez, el fallo indica que fueron notificadas tanto por el Juzgado como por el Ministerio Público y estaban en conocimiento de la audiencia realizada en febrero, pero no quisieron participar.
Una pregunta extraña
Un dato singular que surge de la sentencia es que, durante esa audiencia clave de febrero, Gigli no sólo se mostró interesado en dejar el país, sino que también preguntó qué pasaría con los aportes jubilatorios que hizo durante su vida laboral en Argentina.
La consulta sorprendió a propios y extraños. El juez Romera le dijo que la situación previsional no es órbita del Juzgado de Ejecución y que por eso debería consultar a un abogado o preguntar a los organismos estatales competentes.
Finalmente, el magistrado consideró que estaban reunidos los requisitos de las leyes 25.871 y 24.660 e incorporó a Gigli a la figura de extrañamiento, con carácter permanente y lo expulsó del país.
La salida del exempresario de la cárcel provincial de Roca se concretó más de un mes después. Una comisión de la Policía Federal lo trasladó hasta Buenos Aires y lo siguió de cerca hasta que el 4 de abril abordaron en Ezeiza un vuelo con destino a Roma.
Ya en tierra italiana, Gigli completó los trámites de ingreso. Con los sellos correspondientes en su documentación, el paso siguiente fue despedirse de los policías. Y desde ese momento, volvió a ser un hombre libre.

