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Coparticipación municipal: cuando el sistema deja de reflejar la realidad

La reunión por la coparticipación se hizo el 26 de febrero en el Salón Gris de Casa de Gobierno, con 38 intendentes y el secretario de Hacienda de Roca.

En los últimos meses volvió a instalarse en Río Negro la discusión sobre el régimen de coparticipación tributaria a los municipios. Se trata de un debate necesario. No solo porque el sistema actual tiene más de tres décadas de vigencia, sino porque hoy presenta distorsiones que surgen de dos problemas centrales: la falta de actualización de los parámetros originales y la forma en que se mide el componente tributario.

El inicio de la historia

La Ley N.º 1946, sancionada en 1985, estableció un criterio claro para determinar la distribución de recursos entre los municipios.

Su artículo 4° fijó tres parámetros para construir el índice de reparto:

  • 40% según la recaudación de impuestos provinciales generada en cada jurisdicción
  • 40% según la población, de acuerdo con el último censo disponible
  • 20% distribuido en partes iguales entre todos los municipios

La lógica del sistema buscaba equilibrar dos objetivos razonables: devolver parcialmente a cada municipio lo que se genera en su territorio y, al mismo tiempo, sostener un componente redistributivo que permitiera el funcionamiento de las administraciones locales.

El esquema de distribución

Los coeficientes que aparecen en la planilla anexa de la ley surgen justamente de la aplicación de esa fórmula. Cada municipio recibe un porcentaje del total de recursos coparticipados que resulta de ponderar su participación relativa en población, recaudación tributaria y el componente distribuido en partes iguales.

Sin embargo, esos coeficientes no son estáticos por naturaleza. Su lógica supone que deberían actualizarse cuando cambian las variables que los determinan. En la práctica, los coeficientes actualmente vigentes fueron calculados hace más de dos décadas, utilizando datos demográficos y económicos que ya no reflejan plenamente la realidad actual de la provincia. Si bien hubo ajustes puntuales. como la incorporación del municipio de Dina Huapi. la estructura general del índice continúa basada en parámetros que corresponden a una provincia muy distinta a la de hoy.

El primer problema aparece en el plano demográfico. En las últimas décadas varias localidades experimentaron un crecimiento poblacional muy significativo. Ciudades como General Fernández Oro o Dina Huapi, por mencionar solo dos ejemplos, crecieron a un ritmo muy superior al que reflejan los coeficientes actuales.

Ese crecimiento implica mayores demandas de servicios públicos, infraestructura urbana y asistencia municipal. Sin embargo, el sistema de coparticipación no siempre acompaña esa evolución.

El componente tributario de la coparticipación

Pero el problema más profundo aparece en el componente tributario del índice.

La reglamentación del sistema a través del Decreto N.º 2329/1986 estableció criterios operativos para calcular la recaudación atribuible a cada municipio en base a tres tributos provinciales: Ingresos Brutos, Inmobiliario y Automotor. Sin embargo, excluyó del cálculo a los contribuyentes alcanzados por el Convenio Multilateral, es decir, aquellos que desarrollan actividad en más de una jurisdicción.

Cuando ese criterio se definió, su impacto era relativamente menor. Pero la economía cambió profundamente desde entonces. Hoy una porción cada vez mayor de empresas y profesionales tributa bajo ese régimen. En consecuencia, una parte creciente de la actividad económica real que se desarrolla en las ciudades de la provincia queda fuera del cálculo del índice municipal.

Actividad en una zona, domicilio fiscal en otra

A esto se suma otra distorsión frecuente. Muchas empresas radican su sede administrativa o fiscal en una determinada localidad, pero venden, distribuyen o prestan servicios en distintas ciudades de la provincia. El sistema actual termina midiendo más el domicilio fiscal de las empresas que la actividad económica real de cada municipio.

Este fenómeno se vuelve aún más evidente cuando se observa que el crecimiento poblacional de muchas localidades también implica un aumento del comercio, del consumo y de los servicios. Allí donde crece la población, también crece el movimiento económico. Pero el sistema vigente no siempre logra capturar esa realidad.

Un Convenio Multilateral rionegrino

Por eso resulta razonable comenzar a discutir un esquema más transparente y representativo de la economía provincial. Una alternativa posible sería avanzar hacia un mecanismo de distribución inspirado en el Convenio Multilateral, que permita asignar la actividad económica entre los municipios de acuerdo con criterios objetivos vinculados a la localización real de las ventas, los servicios o la producción.

El propio Convenio Multilateral —que rige entre las provincias argentinas— fue creado justamente para resolver el problema de las empresas que operan en más de una jurisdicción, distribuyendo la base imponible de los impuestos según la actividad económica efectivamente desarrollada en cada territorio.

Aplicar una lógica similar dentro de la provincia permitiría reflejar con mayor precisión dónde se genera realmente la actividad económica. Naturalmente, un cambio de este tipo no estaría exento de debates. Como ocurre en toda modificación de reglas de distribución, habría municipios que podrían ganar participación relativa y otros que podrían perderla.

Pero el objetivo no debería ser preservar situaciones históricas que ya no reflejan la realidad, sino avanzar hacia un esquema más justo, más transparente y más coherente con la dinámica económica actual de la provincia.

Si el régimen de coparticipación municipal busca reflejar de manera equilibrada la población, la actividad económica y las necesidades de cada comunidad, entonces también debe evolucionar junto con la provincia que pretende financiar.


(*) Contador Público – Ex AFIP – Ex Dirección de Rentas de Río Negro – Ex Presidente de la Comisión Arbitral (COMARB) – Especialista en Tributación.

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