El gobierno de Río Negro presentó en la Legislatura una reforma integral de la ley de control, conciliación y arbitraje laboral. Las modificaciones apuntan a modernizar las fiscalizaciones que lleva adelante la Secretaría de Trabajo, mediante la incorporación de mecanismos digitales, la habilitación de autoinspecciones por parte de los empleadores y la posibilidad de realizar controles en casos de empleo remoto o a través de aplicaciones.
La iniciativa forma parte del paquete de medidas enviadas por el Ejecutivo provincial antes de la sesión del jueves 30, donde se tratará —entre otros temas— el acuerdo por el proyecto de GNL impulsado por el consorcio Southern Energy y San Matías Pipeline.
Los fundamentos
Con esta actualización completa de la Ley Nº 5255, que regula las funciones y competencias de Trabajo, la Provincia busca “modernizar, sistematizar y fortalecer el rol del Estado en materia de fiscalización, adecuando el marco normativo vigente a las transformaciones del mundo del trabajo, a las tecnologías de gestión administrativa y a las modalidades de prestación laboral”.
Para la administración rionegrina, la ley actual resulta poco eficiente para responder a los nuevos fenómenos del mercado, como el creciente número de trabajadores no registrados, la expansión del empleo remoto y el uso extendido de aplicaciones digitales. Por ese motivo, la iniciativa consolida un sistema integral de inspección con “carácter preventivo, correctivo y sancionatorio”, que incorpora facultades expresas de fiscalización digital. En ese sentido, se suma la posibilidad de generar expedientes electrónicos de trabajadores, labrar actas digitales, realizar notificaciones electrónicas, implementar sistemas de gestión e interoperabilidad de datos y habilitar canales digitales de denuncia.
Además, se regulan mecanismos de actuación como el auxilio de la fuerza pública y el allanamiento judicial, en casos de respuestas negativas por parte de los empleadores a la hora de efectuar controles de rutina.

Por otro lado, se incorpora un mecanismo que la Provincia considera innovador: los programas de autoinspección basados en declaraciones juradas. Esto habilita a las empresas a brindar información sobre sus propias condiciones laborales y la condición de sus trabajadores.
“El presente proyecto configura una reforma integral, moderna y superadora, que fortalece la capacidad de control del Estado, incorpora herramientas tecnológicas y procedimentales innovadoras, promueve el cumplimiento voluntario de la normativa, mejora la protección de los derechos de las personas trabajadoras y adecua el sistema laboral provincial a las nuevas realidades del mundo del trabajo, razón por la cual se solicita el acompañamiento”, sostiene la argumentación dirigida a los integrantes de la Legislatura.
Los pormenores del proyecto
A través de sus 132 artículos, la propuesta oficial reafirma los principios de promoción del trabajo digno y decente, la registración de las relaciones laborales, la mejora de las condiciones de trabajo y la prevención y resolución de conflictos laborales.
Entre sus principales lineamientos, la nueva legislación incorpora los principios de celeridad y economía administrativa, promoviendo actuaciones con la mayor rapidez y simplicidad posibles y evitando trámites o formalidades innecesarias; así como la digitalización y el acceso electrónico, mediante la utilización de herramientas y sistemas digitales para la tramitación de actuaciones, la gestión de expedientes, la realización de inspecciones y la práctica de notificaciones.
En ese contexto, se garantiza expresamente el acceso al servicio de asesoramiento y patrocinio jurídico gratuito para las personas trabajadoras en cuestiones vinculadas con las relaciones laborales, a través de sus delegaciones territoriales y demás dependencias.
Allanamientos y ayuda policial
Uno de los ejes centrales es el reordenamiento del Sistema Provincial de Inspección del Trabajo. De acuerdo con el texto, este tendrá carácter preventivo, correctivo y sancionatorio, y se orientará prioritariamente a la promoción del cumplimiento voluntario de la normativa, la regularización de los vínculos y la formalización del empleo.
Este esquema incluirá inspecciones presenciales en los establecimientos; fiscalización y verificación por medios electrónicos; mecanismos de autoinspección y autodeclaración por parte de los empleadores; actuaciones originadas por denuncia o de oficio; y programas de fiscalización general o sectorial.
Para asegurar su correcto cumplimiento, la autoridad de aplicación podrá solicitar intervención policial u órdenes de allanamiento ante el juzgado competente cuando se obstruya o impida la labor administrativa. Cualquier negativa injustificada de ingreso a los establecimientos, el ocultamiento de personas trabajadoras, así como cualquier otra conducta que impida la inspección, constituirán infracciones graves.
Registros digitales
Por otro lado, se crea el Sistema Digital de Inspección Laboral, destinado a gestionar electrónicamente las actuaciones administrativas, la planificación de fiscalizaciones, el registro de infracciones y el seguimiento de los procedimientos. Este sistema permitirá la tramitación electrónica de expedientes, actas, intimaciones y notificaciones, garantizando la trazabilidad y transparencia del proceso.
Asimismo, se habilitarán canales digitales para denunciar irregularidades, a través de los cuales las personas trabajadoras o cualquier interesado podrán informar posibles incumplimientos de la normativa laboral. El sistema deberá garantizar la confidencialidad, la accesibilidad y el resguardo de la identidad de los denunciantes.
El alcance de las autoinspecciones
Uno de los apartados más llamativos del sistema de fiscalización es la habilitación de programas de autoinspección, mediante los cuales los empleadores deberán presentar declaraciones juradas sobre el cumplimiento de determinadas obligaciones laborales, de seguridad social y de higiene y seguridad en el trabajo. Estos programas podrán abarcar obligaciones documentales y registrales, la exhibición de documentación, la entrega de elementos de protección personal, la presentación de documentación vinculada al sistema de gestión de seguridad o a la prevención de riesgos, así como cualquier otra obligación que pueda acreditarse a través de los soportes tecnológicos.
Quedan excluidas de este esquema aquellas operatorias por riesgo grave e inminente, trabajo infantil, seguridad estructural o condiciones insalubres que requieran verificación técnica presencial.
Las declaraciones juradas deberán contener información veraz y suficiente sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales, y se incorporarán al legajo digital del empleador. Este registro también incluirá todo el historial de las actuaciones inspectivas realizadas, las actas labradas, las infracciones constatadas y toda información relevante vinculada al cumplimiento de la normativa laboral.
Trabajo remoto y por aplicaciones
En cuanto a la fiscalización del teletrabajo, la Secretaría de Trabajo pasaría a estar plenamente habilitada para controlar este tipo vínculo profesional. En ese punto, la autoridad de aplicación podrá requerir a los empleadores la presentación de información y documentación sobre sus empleados; las jornadas laborales y los sistemas de control horario; la provisión de herramientas, equipamiento y soporte técnico adecuados; la compensación de gastos de conectividad o servicios; el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad; y los sistemas tecnológicos utilizados para la asignación y el control de tareas.
Asimismo, el organismo podrá realizar fiscalizaciones en el domicilio de la persona trabajadora. En estos casos, la ley establece que deberán llevarse a cabo respetando el derecho a la intimidad y la inviolabilidad del domicilio, y solo podrán efectuarse con el consentimiento previo del empleado.
En el caso de las actividades desarrolladas mediante aplicaciones móviles, Trabajo podrá requerir información a las plataformas sobre las personas que prestan servicios, la modalidad de trabajo, los mecanismos de asignación de tareas o pedidos, los sistemas de contraprestación, y los criterios de determinación de ingresos, entre otros aspectos.
El JUS para las multas
Por último, la reforma incorpora el valor JUS como unidad de medida para las multas por incumplimientos a la ley. Las sanciones, según detalla el escrito, deberán respetar los principios de proporcionalidad, razonabilidad, legalidad y tipicidad.
Además, se crea el Registro Provincial de Infractores Laborales, en el que se inscribirán las sanciones firmes aplicadas por las autoridades, dejando constancia del historial de cada empleador. Estos datos podrán ser publicitados de forma parcial o total.
Por su parte, lo recaudado por infracciones a la ley laboral será destinado al Fondo para la Promoción del Trabajo Decente, que financiará los gastos de funcionamiento de la Secretaría de Trabajo, los programas de fiscalización laboral, la promoción del empleo formal, la capacitación laboral y la prevención de la informalidad.

