Un proyecto de ley presentado días atrás busca poner fin a las tensiones que enfrentan los equipos de salud de Río Negro cada vez que deben realizar transfusiones de sangre a personas que rechazan esas prácticas por cuestiones religiosas o de convicción personal.
La iniciativa fue impulsada por el bloque de la Coalición Cívica-ARI-Cambiemos y está centrada en la aplicación de un protocolo de actuación, para brindar seguridad jurídica y respaldo ético a los profesionales de la salud que se enfrentan a decisiones críticas en tiempos reducidos.
Según explicaron desde la bancada, la intención es generar un escenario que equilibre “el derecho a la vida con la libertad de conciencia y religión de los pacientes, derechos fundamentales consagrados en la Constitución Nacional y tratados internacionales”.
Un registro para rechazar transfusiones
Uno de los pilares del proyecto se basa en la creación de un registro provincial de ciudadanos que, por razones religiosas o de conciencia, manifiesten su voluntad de no recibir transfusiones sanguíneas.
“Los establecimientos de salud, tanto públicos como privados, deberán consultar este registro antes de aplicar el procedimiento”, especificaron desde la CC-ARI.
Por otra parte, se establecen pautas para la actuación médica en casos de urgencia donde el paciente no puede expresar su voluntad y no existe un registro previo, “priorizando la preservación de la vida y la salud”.
“Se enfatiza la obligación del personal de salud de respetar la decisión del paciente que rechaza las transfusiones por motivos de conciencia o religión, siempre que exista una constancia expresa, válida y actualizada de dicha negativa, en consonancia con la Ley Nacional N.º 26.529”, detalla el texto puesto a consideración de la Legislatura.
Capacitaciones al personal de salud
Otro aspecto de la iniciativa se enfoca en el rol del Ministerio de Salud de la provincia, que debería capacitar a los equipos sanitarios sobre los aspectos legales, éticos y procedimentales relacionados con esta temática. Además se busca que la cartera sanitaria implemente el registro de directivas anticipadas y garantice la disponibilidad de tratamientos alternativos a la transfusión cuando sea médicamente viable.
El legislador Javier Acevedo resaltó la importancia de este proyecto para abordar “un vacío normativo operativo, protegiendo los derechos constitucionales de libertad religiosa y autonomía, y proporcionando un marco de acción claro y legalmente seguro para los trabajadores de la salud”.
“Este proyecto no busca imponer una postura, sino asegurar que, incluso en situaciones de urgencia, se actúe con legalidad, respeto y humanidad”, afirmó el presidente de la bancada.
El proyecto se basa en el reconocimiento del derecho a la autonomía del paciente, respaldado por la Ley Nacional N.º 26.529 y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, como el caso “Bahamondez”.
Desde la CC-ARI resaltaron que, además, se alinea con los principios de la bioética moderna y las directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre el respeto a las creencias de los pacientes y la relevancia del consentimiento informado.
Dos antecedentes sobre transfusiones en la provincia
El proyecto también detalla dos casos recientes ocurridos en Río Negro, en los cuales tuvo que intervenir la Justicia para resolver la controversia entre la postura de los equipos médicos y la resistencia de familiares de pacientes a quienes se pretendía transfundir sangre.
Uno de los episodios se registró en diciembre de 2017, en Bariloche, cuando la jueza de Familia María Marcela Pájaro autorizó una transfusión de sangre a un niño de 6 años, hijo de padres Testigos de Jehová, quienes se oponían al procedimiento por motivos religiosos.
La decisión se basó en el derecho del niño a la vida y a la salud, establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño. La jueza consideró que la responsabilidad parental debe ejercerse en consonancia con los principios del Código Civil y Comercial, y que ningún derecho es absoluto, especialmente cuando se trata de la vida y salud de un menor.
Los padres aceptaron la decisión judicial sin objeciones, entendiendo los motivos y agradeciendo el trato humano y ético del equipo médico.
El otro caso mencionado es reciente y derivó de un siniestro vial ocurrido en Viedma el 12 de abril pasado, que tuvo como víctima a un motociclista.
El caso reciente de Viedma
Ese conductor sufrió un traumatismo craneoencefálico grave y requirió una transfusión de sangre urgente debido a su estado crítico. Sin embargo, hubo oposición de la familia, que señaló que el paciente era Testigo de Jehová y, según su creencia religiosa, se oponía a recibir sangre.
La jueza Ana Carolina Scoccia intervino, ya que el paciente no había dejado ninguna directiva por escrito sobre este asunto, y su estado no le permitió expresar su voluntad.
La magistrada ponderó el conflicto entre el derecho a la vida y la libertad religiosa, señalando que, aunque se reconoce la autonomía de las personas para rechazar tratamientos por convicciones religiosas, en situaciones de riesgo vital inmediato los tribunales pueden hacer excepciones.
Finalmente, Scoccia autorizó al equipo médico del Hospital Zatti a proceder con la transfusión de sangre, basándose en la falta de directivas anticipadas, la urgencia de la situación y la obligación del Estado de proteger la vida como un derecho fundamental.

