Tres años de prisión condicional y dos años con pautas de conducta fueron impuestos este martes al expolicía Rubén Muñoz, luego de haber sido declarado culpable en el juicio por las amenazas al actual ministro de Seguridad y Justicia de Río Negro, Daniel Jara.
La pena se acordó entre las partes que intervinieron en el proceso y se trata de una sanción global, ya que se unificó la resolución actual con una condena anterior que pesaba sobre el imputado, por haber ocupado ilegalmente el edificio de la Unidad Regional Segunda, en Roca.
Según se informó desde el Poder Judicial, el monto de pena tuvo el consentimiento del ministro Jara, también exjefe de la Policía de Río Negro, quien se comunicó con la fiscalía para expresar su conformidad con la realización de la audiencia final.
Unificación de condenas
De esa manera, el juez Oscar Gatti homologó el acuerdo presentado por el Ministerio Público Fiscal y el defensor penal público Luis Carreras, y condenó a Muñoz a la pena de 8 meses de prisión por el delito de «amenazas simples».
Unificada esa condena con la anterior, dictada en 2024, todo resultó en una pena única de tres años de prisión de ejecución condicional, más dos años de reglas de conducta.
Esas pautas establecidas indican que el condenado no puede acercarse a la víctima por un radio no menor a 100 metros, tampoco podrá hostigar ni tener contacto o realizar alguna publicación por ningún medio, no debe cometer nuevos delitos, debe fijar y mantener domicilio, realizar presentaciones trimestrales ante el Instituo de Asistencia a Presos y Liberados. «En caso de no cumplir esas reglas la fiscalía puede solicitar que se revoca la condicionalidad de la pena», se detalló.
Las partes renunciaron a los plazos procesales, razón por la cual la condena comienza a cumplirse a partir de hoy.
Los hechos
Cabe recordar que oportunamente la fiscalía formuló cargos por un hecho que “habría ocurrido el 11 de junio de 2023, aproximadamente al mediodía, en el establecimiento comercial Easy, de General Roca, en la línea de cajas el imputado habría amenazado a la víctima de manera verbal”.
La calificación legal por la cual el Ministerio Público Fiscal solicitó la culpabilidad del imputado fue la de “amenazas simples”, en conformidad a los Artículos 45 y 149 bis 1er párrafo del Código Penal.

