Una enmienda de la Constitución Provincial, para eliminar los fueros que tienen actualmente legisladores y funcionarios en Río Negro, fue propuesta de manera oficial por el bloque del PRO-Unión Republicana.
El presidente de esa bancada, Juan Martin, presentó el proyecto de ley para que se modifique la carta magna provincial y se dejen sin efecto las barreras actuales que impiden que la Justicia investigue a los integrantes del parlamento y a miembros de otros poderes del Estado.
El artículo que pretende modificarse es el 128, cuyo texto establece que “el legislador, desde su elección, no puede ser acusado, interrogado judicialmente ni molestado por las opiniones que emite en el desempeño de su mandato, ni es detenido, salvo el caso de ser sorprendido in fraganti en la ejecución de delito doloso reprimido con pena máxima superior a los tres años de prisión”.
Continuidad de Ficha Limpia
“Queremos un Río Negro sin privilegios”, planteó el autor de la iniciativa, anticipando también que cuenta con el respaldo de todos los legisladores del bloque PRO – Unión Republicana.
El proyecto fue presentado como una continuidad del trabajo realizado para que en la provincia rija la Ficha Limpia, indicando que “así como propusimos que los delincuentes no puedan ser candidatos, ahora queremos que si la Justicia tiene que investigar a un legislador o a un funcionario pueda hacerlo sin obstáculos”.
Juan Martin explicó que “esto que planteamos va en la línea de lo que se aprobó hace un par de semanas en Chubut” y consideró que “nuestra provincia no puede quedarse atrás, más teniendo en cuenta que estamos en un momento en el que la sociedad reclama terminar con los privilegios”.
El procedimiento
El legislador detalló que “para eliminar los fueros hay que hacer una enmienda en los términos que prevé la Constitución Provincial”, puntualizando que el mecanismo exige aprobar la ley con dos tercios de los votos en la Legislatura y luego ratificarla por una consulta popular simultánea con las próximas elecciones provinciales.
Ese mínimo de avales significa lograr que al menos 31 de los 46 integrantes del parlamento provincial acompañen con su voto las modificaciones propuestas.
El procedimiento está previsto en el artículo 119 de la carta magna, que prevé además que el referéndum será válido si los votos emitidos superan el cincuenta por ciento de los electores inscriptos en los padrones electorales que correspondan a la Provincia en dicha elección.
Dos años de intervalos
“Reformas o enmiendas de esta naturaleza no pueden llevarse a cabo sino con intervalo de dos años”, agrega la Constitución.
De todas maneras, ese requisito está cumplido, porque la carta magna rionegrina no tuvo enmiendas desde que fue reformada, en 1988, luego de su sanción original en 1957.
“Creo que la mayoría de los espacios políticos va a coincidir en que esto responde a una necesidad de mayor transparencia y espero que podamos tratarlo y aprobarlo pronto”, concluyó.

