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Río Negro

Vaca Muerta Sur: qué dice (y qué no dice) el acuerdo que llegó a la Legislatura

El convenio será central en la sesión de este jueves. Fondos extras para Sierra Grande y mano de obra local con garantías difusas.
Autoridades provinciales y del consorcio VMOS SA, en Viedma, cuando se firmó el convenio por el oleoducto.

La ratificación del acuerdo firmado el viernes pasado entre el Gobierno provincial y el consorcio Vaca Muerta Oil Sur será el tema más importante de la sesión de este jueves en la Legislatura de Río Negro.

El convenio con las empresas que construyen el oleoducto de 437 kilómetros llegó al parlamento a través de un proyecto con acuerdo de ministros, por lo tanto se tratará en única vuelta.

Una vez lograda la aprobación, algo que se descuenta por el peso del oficialismo y sus aliados, todo lo pactado tendrá vigencia y el Ejecutivo rionegrino estará en condiciones de cobrar los primeros 60 millones de dólares previstos como “aporte al desarrollo territorial”.

Fondos para Sierra Grande

Una de las novedades, anunciadas esta semana, tiene que ver con un destino específico previsto para el 5% de esos recursos.

En su artículo 4, el proyecto prevé que esos 3 millones de dólares irán directamente al municipio de Sierra Grande, localidad que tendrá el mayor impacto por el proyecto que busca la exportación del petróleo de Vaca Muerta a través del puerto de Punta Colorada.

“Necesitamos un hospital nuevo en Sierra Grande, una escuela técnica, rutas, más seguridad, más infraestructura. No podemos desfinanciar al resto de la provincia para sostener esto”, afirma en sus considerandos el documento elevado por el gobernador, Alberto Weretilneck, y los miembros de su gabinete.

El proyecto es rígido al remarcar que “los fondos deberán ser utilizados exclusivamente para el financiamiento de proyectos, de adquisición de equipamiento y/o ejecución de obras de infraestructura en el ámbito del citado municipio”.

Esas iniciativas deberán ser presentadas por el Poder Ejecutivo Municipal “y visados por el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la comisión de seguimiento que se designe por reglamentación, como requisito previo para la transferencia de los fondos”.

Vaca Muerta, Río Negro y el “faro de previsibilidad”

Luego de una introducción donde el Poder Ejecutivo destaca “la estabilidad política y la seguridad jurídica que ofrece Río Negro” y asegura que la provincia “ha demostrado ser un faro de previsibilidad”, el trámite legislativo se concentra en cinco artículos.

El primero ratifica en todos sus términos el Acta Acuerdo firmado el viernes pasado por Weretilneck, y por el presidente de VMOS SA, Gustavo Gallino.

El segundo exime del pago del Impuesto de Sellos a todos los actos vinculados con la instrumentación y ejecución del Acta Acuerdo, así como a cualquier otro instrumento que se celebre entre la Provincia de Río Negro y VMOS S.A.

El tercer artículo prevé que se autorice al Poder Ejecutivo Provincial a enajenar, mediante venta, a VMOS S.A., una fracción de tierras, con una superficie estimada de ciento setenta (170) hectáreas, destinada a la construcción de la terminal contemplada en el Proyecto VMOS.

El cuarto es el relacionado con el 5% del aporte para Sierra Grande y el punto final faculta al Poder Ejecutivo Provincial a reglamentar la ley “y a dictar todas las normas que resulten necesarias para el cumplimiento de las obligaciones asumidas y la plena implementación del Acta Acuerdo ratificado por la misma”.

Mano de obra local

Un aspecto singular es que en ninguno de los artículos ni en el Acta Acuerdo que se firmó la semana pasada aparecen menciones formales sobre la mano de obra local o el compre rionegrino, puntos que fueron centrales en el discurso del gobierno durante toda la etapa de negociación con el consorcio de empresas que desarrolla el oleoducto.

La única mención sobre el tema surge en los considerandos, donde se expresa que “como partes de este proceso, los rionegrinos y las rionegrinas tendrán garantizado un empleo de calidad y la capacitación necesaria para formar parte activa del proyecto, con un acceso real para las pymes locales”.

El viernes pasado, el Gobierno de Río Negro informó en un comunicado oficial que “el compromiso también establece que las empresas deberán contratar al menos un 80% de mano de obra local, priorizando el empleo de rionegrinas y rionegrinos; y se establece la obligatoriedad de adquirir bienes y servicios a comercios de la Provincia”.

Sin embargo, más allá de esas palabras, en el texto enviado a la Legislatura no hay condicionamientos formales ni obligaciones asumidas bajo firma que indiquen el porcentaje de operarios rionegrinos que deben tener las obras.

La ley provincial y la jurisprudencia de la Corte

Ese escenario está en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que declaró inconstitucional años atrás una imposición relacionada con el origen territorial de un trabajador o de una empresa.

Hay que destacar que en Río Negro está vigente desde el 2022 la Ley 5549, que e establece las facultades provinciales relativas al pleno ejercicio de la actividad de control y fiscalización del transporte de hidrocarburos.

El artículo 8 de esa norma es el referido al «Compre rionegrino», previendo que «los sujetos alcanzados por la presente, así como sus contratistas y subcontratistas, deben contratar trabajadores y proveedores radicados en la jurisdicción de la Provincia de Río Negro en un porcentaje no inferior al ochenta por ciento (80%), salvo causa debidamente acreditada ante la autoridad de aplicación, para todas aquellas tareas que deban ejecutarse en territorio provincial».

No obstante, ese artículo no aparece mencionado en ninguna parte del acuerdo con VMOS SA. De los que sí se habla son los artículos 10 (aporte al desarrollo provincial) y 11 (tasa de control y fiscalización).

Vaca Muerta Sur y sus tres condiciones previas

En concreto, las únicas tres condiciones necesarias y previas al desarrollo y ejecución del Proyecto VMOS convenidas formalmente fueron las siguientes:

  • Que la Provincia haya otorgado formalmente a VMOS S.A., la correspondiente transferencia de la propiedad de las tierras fiscales necesarias.
  • Que VMOS S.A. obtenga todos los Permisos (conforme definición del artículo cuarto).
  • Que VMOS S.A. constituya domicilios, legal y fiscal, en la Provincia de Río Negro, sin perjuicio de mantener su sede social en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


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