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Río Negro

Desestimaron una denuncia contra Arabela Carreras: pedido de revisión y la palabra de la exmandataria

Magdalena Odarda solicitó revocar la decisión de un fiscal que denegó su presentación por el acuerdo con la empresa israelí Mekorot.
Denuncia de Magdalena Odarda contra Arabela Carreras.

Magdalena Odarda (Vamos con Todos) volvió a insistir con la denuncia penal contra la exgobernadora Arabela Carreras por el contrato con la empresa israelí Mekorot. La legisladora presentó la semana pasada un recurso de revisión, luego de que el fiscal Guillermo Carlos Ortiz desestimara su presentación.

Denuncia contra Arabela Carreras: el caso

Odarda y su compañera de banca Ayelén Spósito presentaron en marzo una acusación contra Carreras por los delitos de abuso de poder e incumplimiento de los deberes de funcionaria pública. Las legisladoras denunciaron a la exmandataria por el controvertido y ”poco transparente” acuerdo con la consultora Mekorot, encargada de efectuar auditorías sobre los cursos de agua de la provincia.

Sin embargo, el fiscal Ortiz, a cargo de la Fiscalía n°4, resolvió no hacer lugar a la demanda. En su decreto aseguró que no existió ilícito alguno y consideró que Carreras no contaba con obligación alguna de enviar el contrato a la Legislatura y de publicarlo en el Boletín Oficial —como alegaron las referentes peronistas—.

La propia Carreras se pronunció en su cuenta de X y precisó que todo se trató de una «denuncia infundada». El breve posteo estuvo acompañado con una captura del decreto de la Fiscalía.

Al respecto, Odarda decidió impugnar la desestimación por considerar que se trató de ”decisión arbitraria, infundada y jurídicamente inadmisible”. Un fiscal superior en orden de jerarquía revisará ahora la denuncia y tendrá la responsabilidad de decidir si revoca el decreto y da curso a la investigación judicial solicitada.

Cuáles son los argumentos de Odarda para pedir revisar la decisión del fiscal

La dirigente de Vamos con Todos refutó uno a uno los enunciados expuestos por Ortiz. En primer lugar, mencionó que el funcionario judicial sostuvo que el convenio celebrado entre el CFI y Mekorot no constituyó un acto de gobierno, razón por la cual no correspondió su publicación en el Boletín Oficial. Para Odarda, ”esta interpretación resulta jurídicamente errónea”, dado que se ”compromete directamente aspectos fundamentales de la gestión pública, de altísimo interés para la comunidad rionegrina”. En ese apartado, recordó que el agua es un bien de dominio público.

En segundo lugar, Ortiz mencionó que el contrato no revistió carácter de acuerdo bilateral, por lo que no existió razón de ser derivado a la Legislatura. ”Tal interpretación resulta incompleta y jurídicamente errónea, por cuanto desatiende la verdadera naturaleza y alcance del acto suscripto. Mekorot no es una empresa privada ni independiente del Estado de Israel. Se trata de una empresa estatal controlada por ese Estado, que actúa como agencia nacional en materia de agua, y cuya intervención en otros países ha sido objeto de debates geopolíticos y diplomáticos. El solo hecho de que no haya mediado un Jefe de Estado en la firma no desnaturaliza el carácter internacional del acuerdo, ya que lo relevante no es el rango del firmante, sino la naturaleza pública de las partes y la materia del convenio”, amplió Odarda.

Respecto a la propiedad de los datos obtenidos por Mekorot, Ortiz destacó que la reserva de la información recolectada de los cursos de agua rionegrinos no reviste una afectación a derechos colectivos. ”La cláusula 8 del convenio no se limita a proteger herramientas metodológicas o técnicas de modelización, sino que extiende los derechos de propiedad intelectual a los productos, resultados e informes elaborados como resultado del asesoramiento técnico de Mekorot. Es decir, lo que se reserva contractualmente no es sólo el ‘cómo’, sino también el ‘qué’: la información crítica y estratégica producida a partir del análisis de los bienes naturales de la Provincia de Río Negro, y particularmente, del agua como recurso vital”, agregó la legisladora.

El rol de la exgobernadora Arabela Carreras, según la denuncia

Por último, el recurso de revisión dedicó un buen número de párrafos para evaluar la conducta de Carreras:

”La exgobernadora avaló expresamente los términos del convenio, delegó la articulación operativa en el Departamento Provincial de Aguas y omitió remitir el acuerdo a la Legislatura Provincial, como manda el artículo 181 inciso 13 de la Constitución de Río Negro, al tratarse de una relación de cooperación con una entidad estatal extranjera en
una materia de alta sensibilidad institucional.

Asimismo, no garantizó la publicidad del acuerdo ni en el Boletín Oficial ni en los portales institucionales de los organismos competentes, impidiendo el acceso de la ciudadanía a su contenido, sus términos y sus implicancias sobre el patrimonio colectivo. Tampoco promovió ninguna instancia de consulta pública, ni de participación legislativa o ciudadana, en abierta contradicción con los principios de transparencia, legalidad y control republicano.

En ese contexto, su accionar no puede ser calificado como un mero acto administrativo opinable o discutible, sino que configura una conducta ilegítima que debe ser investigada penalmente”.

El recurso de revisión completo:

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