El Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvió no hacer lugar a un pedido del legislador José Luis Berros (Vamos con Todos) por el cual se pretendía obligar al gobierno de Río Negro a publicitar su contrato con Dienst Consulting S.A.. El acuerdo con la consultora fue celebrado en 2024 por la administración de Alberto Weretilneck con el fin de auditar las licencias médicas de los estatales. Sin embargo, los términos de la vinculación y su monto nunca fueron especificados, lo que despertó serias dudas en la oposición.
El breve fallo de la Justicia
El titular del bloque peronista en la Legislatura interpuso un mandamus, o mandamiento de ejecución, por el cual solicitó al máximo tribunal rionegrino que intervenga en el caso y obligue al Gobierno a facilitar el contrato con Dienst Consulting. Berros se amparó en los términos del artículo 44 de la Constitución de Río Negro y del Código Procesal Constitucional (Ley 5776).
En su presentación inicial el dirigente roquense alegó una negativa por parte de Horizonte y el Ejecutivo de hacer público el contrato con la consultora. Para Berros, esta actitud se contrapone con los principios de publicidad y transparencia del Estado.
Además, argumentó que la contratación de Dienst Consulting y las respuestas parciales brindadas a sus pedidos de informes en la Legislatura, suscitaron «múltiples dudas en torno a los costos, plazos de ejecución y responsabilidades específicas asignadas a la empresa, lo que genera incertidumbre sobre la correcta administración de los recursos públicos».

Pese a lo expuesto, los jueces del STJ resolvieron «rechazar el mandamiento de ejecución por no contar con los presupuestos que habilitan su procedencia». El fallo se conoció ayer y contó con los votos de Sergio Ceci, Liliana Piccinini, Ricardo Apcarian, Sergi Barotto y Cecilia Criado.
Sin mayores detalles, los magistrados se ampararon en los fundamentos expuestos en el dictamen 52/25 del procurador general de Río Negro, Jorge Crespo.
Qué dijo el procurador de Río Negro
Crespo expresó que Berros contaba con legitimidad para solicitar una acción de este tipo al STJ, en función de su rol legislativo. Sin embargo, consideró que los argumentos expuestos no resultan procedentes, dado que no acreditan los supuestos establecidos en el Código Procesal Constitucional rionegrino, que determina los casos en que se puede habilitar un mandamus:
«Se advierte que, a pesar de haber rotulado un acápite de su escrito bajo la denominación de ‘fundamentos jurídicos’ e incluso otro como ‘requisitos mandamiento de ejecución’, no ha esgrimido en definitiva a lo largo de la presentación justificación atendible alguna que permita demostrar que se encuentran reunidos en autos los extremos pertinentes de viabilidad de la acción.
(…)
En esencia, no ha acompañado el peticionante en su escrito inaugural, desarrollo argumental que demuestre –entre otros- la urgencia extrema o gravedad e irreparabilidad del daño que requiere este tipo de acciones; afectando estas carencias, los indispensables requisitos de viabilidad necesarios que requiere la acción entablada para configurar su procedencia formal, conforme surgen del análisis armónico de los artículos 59, 22 y 14 inc. b y c del CPC. Cabe destacar que tampoco se advierte que los argumentos vertidos por el presentante acrediten la existencia en el caso del “rehusamiento expreso” requerido por la figura específica (artículo 22 inc. c del CPC).
(…)
En suma, estimo en virtud de las consideraciones precedentes que la acción deducida no reúne los recaudos esenciales -genéricos y específicos- que habilitan la viabilidad de la figura del mandamiento de ejecución, razón por la cual corresponde declarar su improcedencia formal.»
Tras el fallo del STJ, Berros denunció una «connivencia» entre los poderes del Estado
«Río Negro se convierte en un feudo«, sentenció Berros tras conocerse el fallo del máximo tribunal. El legislador peronista denunció una connivencia entre los poderes Ejecutivo y Judicial, y advirtió que insistirá con su pedido de acceso a la información pública.
«El fallo se basa en una visión excesivamente formalista. Lo cierto es que hubo reiterados pedidos de informes y cartas documento que fueron respondidos con evasivas. ¿Qué más hace falta para que se reconozca una negativa? Estamos ante una interpretación excesivamente formalista que vulnera los principios constitucionales de transparencia«, expresó en un comunicado.
Berros señaló que «evidentemente no hay decisión política de que Río Negro sea una provincia transparente», y afirmó que existe una articulación entre los poderes del Estado para limitar el control ciudadano: «Cuando el Ejecutivo oculta contratos, el Legislativo sanciona un Código regresivo a pedido de jueces, y el Superior Tribunal avala ese esquema, se configura una connivencia institucional que naturaliza el ocultamiento y erosiona las garantías constitucionales más básicas«.
Por último, advirtió que “cuando la Justicia privilegia tecnicismos sobre el control democrático de la gestión pública, se debilita el Estado de Derecho y se retrocede en derechos ciudadanos básicos. Este fallo del STJ es una muestra clara de cómo el nuevo Código Procesal, lejos de agilizar el acceso a la Justicia, lo dificulta para quienes buscamos garantizar la transparencia».

